EntidadPoder Judicial ModalidadTiempo completo CategoríaAdministración y Oficina Vacantes1 plaza Postula hasta21 de octubre de 2026 ConvocatoriaD.LEG 1057 - DETERMINADO (NECESIDAD TRANSITORIA)-038

Especialista Judicial
Bases de la convocatoria
Requisitos, cronograma y forma de postular, publicados por la entidad convocante.
Descripción
Convocatoria pública D.LEG 1057 - DETERMINADO (NECESIDAD TRANSITORIA)-038 de Poder Judicial. Requisitos • Experiencia: Experiencia general: dos (02) años en entidades públicas y/o privadas (obligatorio). experiencia específica en la función o materia: dos (02) años en labores del ámbito de la especialidad penal en el sector público y/o privado (obligatorio). experiencia específica en el puesto o cargo: un (01) año como mínimo en el puesto o cargo de analista y/o afines, en el sector público y/o privado (obligatorio). experiencia específica en el sector público: un (01) año en el ámbito de la especialidad penal en el sector público (deseable). • Formación académica: Título profesional de abogado y papeleta o constancia de habilitación profesional vigente (acreditados) (obligatorio). • Especialización: Cursos y/o programas de especialización en derecho penal, procesal penal, flagrancia y constitucional, con una duración mínima acumulable de 90 horas académicas (acreditados). (deseable). * los programas de especialización deben tener una duración mínima de 90 horas académicas; sin embargo, si son organizados por un ente rector, se considerará suficiente un mínimo de 80 horas académicas. • Conocimientos: Conocimiento en materia relacionada con el ámbito de su competencia. ¿ conocimiento y manejo de ofimática nivel intermedio. ¿ conocimiento en flagrancia y la ley n.º 32348. conocimiento en código procesal penal. conocimiento en gestión pública y normatividad del sector público. conocimiento en redacción jurídica o dactilografía. • Competencias: Síntesis, planificación, empatía, análisis y redacción.
Ubicación
El anunciante no marcó el punto exacto: este es el mapa de Calleria, Ucayali.

